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viernes, 15 de julio de 2016

Retiro transitorio por invalidez

Queridos jóvenes mayores:
En esta oportunidad me contacto con uds. para ofrecerles información de importancia para gestionar un RTI : Retiro transitorio por invalidez.

Un retiro transitorio por invalidez se solicita cuando la persona es menor de 60
años (para el caso que sea mujer) o 65 años de edad para el hombre y no reúne los 30 años de aportes. Para ello debe tener un grado de discapacidad física o intelectualmente igual o mayor al 66%.

La documentación que debe aportar es la siguiente:

1) Personal: Si es argentino: – DNI, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento.
Si es extranjero:– DNI Pasaporte u otra documentación oficial que acredite el ingreso al país.
2) Certificaciones médicas.
3) Originales de estudios, diagnósticos y certificados médicos, formulados y
firmados exclusivamente por los médicos que asisten al Trabajador.

2) Laboral:
Los trabajadores en relación de dependencia deberán presentar las certificaciones
de servicios de todos los lugares con estuvo empleado y cualquier otra documentación que se considere de importancia a los efectos de tramitar la RTI como por ejemplo, telegramas, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a las cajas de previsión social, etc.
Los trabajadores autónomos, deberán contar con la clave fiscal, que se tramita en
forma personal en AFIP, concurriendo con el original y una fotocopia del documento de identidad.
Deberán efectuar la liquidación de deuda mediante el aplicativo SICAM.

Hasta
pronto!!! queridos jóvenes mayores. Un cálido saludo
Lic. Julieta
Colman - Siempre acompañándolos en el proceso de sus retiros